Varios constitucionalistas de la talla de Lezcano Claude, Moreno Rufinelli y Horacio Antonio Pettit tiran por el suelo la posibilidad de la inhabilidad del ex senador liberal Juan “Ancho” Bartolome Ramirez para el cargo de ministro del Tribunal Superior de Justicia Electoral (TSJE).


Ancho" Ramírez anuncia postulación para ministro del TSJE - La UniónSobre denuncias que señalan que Juan «Ancho» Ramírez no ha cumplido supuestamente los 10 años desde su juramento como abogado, es decir, que no ha realizado las labores propias de un abogado por el tiempo suficiente para postularse como ministro electoral, en su descargo, el exsenador sostiene que la Ley 635/ 95 en su artículo 3° hace remisión al artículo 275 de la Constitución Nacional sobre la composición, requisitos y forma de elección de los ser miembro del Tribunal Superior de Justicia Electoral.

Haciendo hincapié que el citado “artículo no está reglamentado por una ley de colegiación de Abogados del Paraguay que determine de alguna manera desde qué momento se inicia la condición de abogado”.

“Nos resta sino acudir a los efectos de cumplir el requisito de antigüedad del artículo 89 del Código de Organización Judicial: Título de abogado expedido por la Universidad Nacional, o extranjera debidamente acreditado : b) mayoría de edad, honorabilidad y buena conducta debidamente justificada”

Además aclara que en la impugnación presentada entiende que los años de docencia, magistratura y ejercicio pueden ser sumados. Y que dicho dato no es poco relevante habida cuenta el contenido de ambas impugnaciones.

El cual coincide con el dictamen del Dr. Manuel Mendonca hecho público: “Ahora bien, como la Constitución Nacional dice que se puede sumar el ejercicio de la profesión conjunta, separada o alternativamente con el ejercicio de la cátedra universitaria al ejercicio de la Magistratura, quedad claro”

Los miembros de la Corte IDH son de una condición moral intachable”
Dr. Evelio Fernández Arevalos

A estos se suma los dictámenes de los juristas de la talla del Dr. Fernández Arévalo con el concurso de otros escritores de su talla, José A. Moreno Ruffinilli y Horacio Antonio Pettit, dice;

“El cómputo del ejercicio del esas actividades se realiza aunque hubieran tenido lugar en forma ‘conjunta, separada o sucesivamente’, lo que importa adicionar el tiempo del ejercicio de cada una de esas actividades, aunque se realicen conjuntamente; en otros términos, si un abogado ejerce simultáneamente (conjuntamente) la magistratura judicial y la docencia universitaria durante cinco años, el cómputo a los efectos del cumplimiento del requisito establecido en el articulo 275 será de diez años, porque se sumará el ejercicio de la magistratura judicial al dedicado a la cátedra universitaria”

Así también concluyen tales autores esta sección con el siguiente párrafo:

“El cómputo del ejercicio de esas actividades se realiza aunque hubiera tenido lugar en forma conjunta, separada y sucesivamente, lo que importa adicionar el tiempo de ejercicio de cada una de las actividades, aunque realicen conjuntamente; en otros términos, si un abogado ejerce simultáneamente la magistratura judicial y la docencia universitaria durante cinco años, el cómputo a los efectos del cumplimiento del requisito establecido en el articulo 275 será de diez año, porque sumará el ejercicio de la magistratura judicial al dedicado a la cátedra universitaria”

El cerebro maligno de todo esto fue Nicanor Duarte Frutos", afirmó Luis Lezcano Claude, exministro de la CSJ - ADN Digital
Dr. Luis Lezcano Claude.

A esto suma la posición del Prof. Dr. Luis Lezcano Claude que realiza una interpretación del citado artículo constitucional: «Señala el escrito….en el punto de la experiencia de 10 años cuanto menos, hace presumir que el candidato ha sumado a sus conocimientos en materia jurídica, la experiencia que le da el ejercicio de las actividades la Ley Suprema, lo cual redunda en una mayor seguridad en cuanto al desempeño correcto de las funciones que corresponde a un miembro del TSJE .

“Significa esto en el término de diez años” se puede completar:

• Ejerciendo conjuntamente la abogacía y la cátedra universitaria, o la magistratura judicial y la cátedra universitaria.
• Ejerciendo una sola de las actividades mencionada por todo el tiempo requerido, es decir, en forma separada.
• Ejerciendo en forma sucesiva ( o alternativa, como dicen otros artículos constitucionales)

Y que a criterio del jurista Lezcano Claude precedentemente es aplicación directa a los miembros del Tribunal Superior de Justicia Electoral (TSJE).

Ancho” agradece a su bancada posible designación ante Consejo de Magistratura | ÑandutiAsí también califica de equivocada la opinión que sostiene que el tiempo mínimo de diez años debe acumularse con una sola de las tres actividades mencionadas en la Ley Suprema.

Finalmente acaba el final del dictamen que “resulta ilógico que la Norma Fundamental admitiera como vías idóneas para llenar el requisito de la experiencia cualquiera de estas tres vías pero sólo si se da por separado. No se podría comprender, siendo idóneas las tres, por qué no podría acumularse el tiempo de ejercicio de dos o tres de ellas.

Días atrás en una entrevista radial, el exsenador y actual candidato a Ministro del Tribunal Superior de Justicia Electoral (TSJE), Juan Bartolomé Ramírez, ratifico que la Constitución Nacional es tajantemente claro en la amplitud “in dubio pro voto” de la participación y no restrictiva fundamentado en el “pro hominen” del pacto de San José de Costa Rica. En la mañana de hoy presenta su descargo ante el Consejo de la Magistratura contra la impugnación a su participación en la terna para el TSJE.

“Como país hicimos todos los pactos importantes como el de San José de Costa Rica donde damos el efecto pro hominen que establece que cuando existe derechos que favorecen a una persona se cumplen de forma extensiva y nunca restrictiva”.

El exgobernador del Departamento del Amambay sostuvo además que las impugnaciones que pesan sobre su persona solo tratan de su habilitación pero no de su honorabilidad y agregó, “yo me fui preparando para este cargo hace 4 años y tengo una carrera de 25 años impecable en carrera pública”.

Shares:

Deja un comentario