La nueva reglamentación establece un procedimiento especial, sumario y mayormente digital que permitirá reducir significativamente los tiempos de verificación y respuesta ante denuncias por incumplimiento del pago del reajuste anual del salario mínimo, fortaleciendo la protección de los derechos de las personas trabajadoras.
El Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (MTESS) aprobó la Resolución N.° 780/2026, que reglamenta el artículo 259 del Código del Trabajo y establece un procedimiento especial para la tramitación de denuncias por incumplimiento del pago de la diferencia o complemento del salario mínimo legal conforme al reajuste anual. La medida permitirá agilizar la actuación administrativa y garantizar una respuesta más rápida a las personas trabajadoras que no hayan recibido el incremento salarial que les corresponde.
La principal innovación consiste en la implementación de un procedimiento de fiscalización documental, sumario y preferentemente digital, que reduce los tiempos de verificación mediante notificaciones electrónicas, comparecencias digitales y plazos abreviados para cada etapa del proceso. De esta manera, el MTESS podrá determinar con mayor celeridad si el empleador cumplió con el pago del reajuste del salario mínimo y, en caso de incumplimiento, intimar el pago de la diferencia salarial en un plazo perentorio.
La reglamentación establece que las denuncias serán remitidas a la Dirección General de Inspección y Fiscalización dentro de las 24 horas de su recepción. Posteriormente, en un plazo máximo de tres días hábiles, se iniciarán las actuaciones mediante una orden de fiscalización digital y el requerimiento de la documentación correspondiente. El análisis documental permitirá verificar el cumplimiento del reajuste sin necesidad de una inspección presencial, salvo en casos excepcionales, optimizando así los tiempos de respuesta y la protección efectiva del derecho al salario mínimo.
Esta reglamentación se enmarca en el reajuste del 5 % del salario y jornal mínimos, vigente desde el 1 de julio de 2026, que fijó el salario mínimo para actividades diversas no especificadas en G. 3.044.000 y el jornal mínimo en G. 117.077. El nuevo procedimiento permitirá que las denuncias por incumplimiento del reajuste sean tramitadas con mayor rapidez, brindando una respuesta más eficiente a los trabajadores afectados.
Las personas trabajadoras que no hayan percibido el reajuste del salario mínimo pueden presentar su denuncia en la Sede Central del MTESS (Herrera y Paraguarí), en cualquiera de las Oficinas Regionales de Trabajo, a través del portal institucional www.mtess.gov.py o mediante el WhatsApp (0993) 308 100. Con esta medida, el MTESS fortalece los mecanismos de control para asegurar el cumplimiento efectivo de la legislación laboral y la protección del derecho de los trabajadores a percibir el salario mínimo legal vigente.


