El Ministerio de Defensa Nacional solicitó documentación sobre la transferencia de inmuebles en Puerto Casado antes de promover una eventual acción de nulidad. La Asociación Espíritu Santo requirió al juzgado las copias autenticadas del expediente.

El Ministerio de Defensa Nacional (MDN) dio un nuevo paso en el análisis del caso relacionado con la transferencia de inmuebles ubicados en la zona de seguridad fronteriza. Mediante la Providencia N.° 73/26 de junio de 2026, la Dirección General de Asuntos Jurídicos solicitó a la Asociación Espíritu Santo la documentación que acredite la transferencia de los inmuebles identificados con Matrícula R03-349 y Padrón N.° 1629 a favor de la firma Firstar Investments Limited.

El requerimiento fue emitido por la Dirección General de Asuntos Jurídicos, a cargo del abogado Javier Ortiz, luego de mencionar que el Ministerio promovería una acción autónoma de nulidad una vez acreditada documentalmente la transferencia de los inmuebles.

La representación legal de la Asociación Espíritu Santo, ejercida por el abogado Francisco de Vargas, sostiene que ese presupuesto ya se encuentra cumplido, al haberse concretado la inscripción de la transferencia de las tierras.

En ese contexto, De Vargas considera que, además de la nulidad del acto jurídico, corresponde analizar la aplicación de las sanciones administrativas y disciplinarias previstas para magistrados, escribanos y funcionarios que hubieran intervenido en actuaciones contrarias a la Ley 2532/05.

En cumplimiento de la Nota S.G. N.° 939, emitida el 16 de junio de 2026 por el ministro de Defensa Nacional, Gral. Ej. (R) Óscar Luis González Cañete, la representación de la asociación presentó un escrito ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial, a cargo del juez Heinrich Von Lücken.
Mediante esa presentación, titulada «Solicitar intervención y copias de documentos relativos a transferencia de inmueble», se requirió la expedición de copias autenticadas de toda la documentación relacionada con la transferencia del inmueble a favor de Firstar Investments Limited.

Según la presentación, esos documentos serán incorporados al expediente administrativo MDN N.° 2584/2026 para que la Dirección General de Asuntos Jurídicos pueda remitir los antecedentes a la Procuraduría General de la República y evaluar la promoción de las acciones legales que correspondan en defensa del patrimonio territorial del Estado.

Como fundamento jurídico, la defensa cita el voto del ministro de la Corte Suprema de Justicia, Luis María Benítez Riera. El ministro calificó de «insuficiente e incompleto» el análisis realizado por la entonces jueza Tania Carolina Irún Ayala respecto de la Ley 2532/05 de Seguridad Fronteriza, al considerar que omitió verificar si las empresas beneficiarias cumplían con el requisito de contar con acciones nominativas y no endosables para adquirir inmuebles ubicados en la zona de seguridad fronteriza.

Con la documentación solicitada, el Ministerio de Defensa Nacional prevé concluir el análisis administrativo y determinar si se encuentran reunidos los requisitos para promover una acción de nulidad contra los actos jurídicos que derivaron en la transferencia de los inmuebles a favor de cuatro sociedades offshore constituidas en paraísos fiscales.

Como antecedente del caso, en 2018 la entonces jueza Tania Irún dictó una resolución que permitió la cesión de aproximadamente 310.000 hectáreas de tierras ubicadas en el Chaco paraguayo, valuadas en alrededor de USD 500 millones, a cuatro empresas offshore radicadas en Chipre e Islas Vírgenes Británicas. Posteriormente fue destituida por el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados, decisión confirmada por la Corte Suprema de Justicia, y actualmente enfrenta una acusación por presunto prevaricato, causa que fue elevada a juicio oral y público.

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